Contratar prevención de riesgos laborales en Madrid
Servicio de prevención ajeno para empresas y autónomos. Le decimos qué le obliga la ley y cuánto cuesta, por escrito y antes de que firme nada.
- +1.800empresas atendidas
- +20.000alumnos formados
- 23profesionales en plantilla
- 6oficinas en Madrid
Las dos preguntas con las que empieza todo el mundo
Contratar un servicio de prevención ajeno suele empezar con dos preguntas: qué obliga exactamente la ley y cuánto va a costar. Se las respondemos antes de que firme nada, por escrito y sin letra pequeña.
Llevamos más de veinte años haciéndolo en Madrid, con empresas de todos los tamaños y también con autónomos. En ese tiempo hemos aprendido que el problema casi nunca es el precio: es que nadie le explica al empresario qué está comprando.

Qué incluye el servicio
- Evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo, hecha visitando el centro, no desde un despacho.
- Plan de prevención y planificación de la actividad preventiva, con plazos y responsables.
- Vigilancia de la salud: reconocimientos médicos en nuestras propias consultas de Madrid.
- Formación a los trabajadores, presencial y adaptada al oficio de cada uno.
- Coordinación de actividades empresariales cuando trabaja en obra o en centro ajeno.
- Asistencia ante inspección de Trabajo, con la documentación preparada y al día.
Somos de Madrid y trabajamos en Madrid
Cuando hay que ir a ver una nave, una obra o un centro de trabajo, vamos. Y cuando hay que hacer un reconocimiento médico, se hace aquí, no a doscientos kilómetros. Tener el equipo cerca es lo que permite responder el mismo día.
Somos 23 profesionales en seis oficinas: técnicos superiores en prevención, médicos del trabajo, ingenieros y abogados. No subcontratamos la parte médica ni la técnica.
La formación es la parte que más se nota
No servimos cursos por cumplir el expediente. Los damos presenciales, en grupos pequeños y adaptados al oficio de cada trabajador, porque un curso que nadie escucha no previene nada.
Más de veinte mil personas han pasado por nuestras aulas en formación de prevención y Tarjeta Profesional de la Construcción.
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a contratar un servicio de prevención ajeno?
Si tiene al menos un trabajador por cuenta ajena, está obligado a organizar la prevención de alguna de las formas que permite la Ley 31/1995. El servicio de prevención ajeno es la vía que eligen casi todas las empresas de menos de 250 trabajadores, porque asumirlo con medios propios exige tener técnicos en plantilla.
¿Cuánto tarda en estar todo en regla?
Con la documentación de la empresa a mano, la evaluación de riesgos y el plan de prevención suelen estar en dos o tres semanas. Los reconocimientos médicos se empiezan a citar desde la primera semana.
¿Cubren toda la Comunidad de Madrid?
Sí, y también los centros de trabajo de nuestros clientes fuera de Madrid cuando la empresa tiene aquí su sede. Las visitas a obra y a centro de trabajo entran en el servicio, no se facturan aparte.
Cuéntenos su caso
Le respondemos el mismo día laborable. Si prefiere hablar, llame al 691 10 10 10.
No compartimos sus datos con nadie. Puede leer la política de privacidad.